Cumplir con los requisitos para ser una DA tiene ciertas ventajas fiscales como son:
Posibilidad de recibir donativos que serán deducibles del ISR del donante.
Uno de los más grandes atractivos para este tipo de personas morales no lucrativas es la posibilidad de expedir recibos deducibles del ISR para el donante.
Calificar como persona moral no lucrativa.
El hecho de contar con la autorización que otorga el SAT a ese tipo de entidades, le dará la alternativa que esa da pueda ser considerada una persona moral no lucrativa y por lo tanto cumplir con las obligaciones que establece el título III de la lisr.
Exención de ISR enenajenación de bienes, intereses y premios.
Casi todas las personas morales no lucrativas serán contribuyentes del ISR cuando obtengan ingresos por enajenación de bienes, intereses o premios, de acuerdo a lo que establece el artículo 94 de la lisr, pero cuando sea da ese ISR no se generará.
Exención de ISR cuando enajenen bienes o presten servicios a no miembros.
Otra de las ventajas que se pueden obtener de ser da es la que establece el último párrafo del artículo 93 del lisr que señala que en caso de que las personas morales no lucrativas enajenen bienes o presten servicios a personas distintas de sus miembros o socios deberán de determinar el ISR que corresponda a la utilidad por los ingresos derivados de las actividades mencionadas en el título ii, a la tasa del 28%, cuando dichos ingresos excedan del 5% de los ingresos totales de la persona moral de un ejercicio, situación que por excepción no aplica a las da.
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