Se le conoce como Contabilidad Electrónica a cierta obligación que habla de llevar asientos y registros contables mediante medios electrónicos con el único fin de ingresar mes con mes, de manera programada cierta información contable a la página electrónica del SAT.
Con los nuevos cambios, a partir del 5 de Enero del presente año, el diario Oficial de la Federación dio a conocer el anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal que abarca las nuevas tarifas sobre los impuestos sobre la renta de las Personas Físicas.
Los cambios principales y más importantes:
El SAT (Servicio de Administración Tributaria) extiende el plazo, creando una prórroga para el envió de la contabilidad electrónica. Se dio a conocer un anuncio con nuevas fechas después de la alta demanda de Prodecon, CCE, IMCP, AMITI y Amexipac se puedo lograr un nuevo plazo.
La información se basa en fechas concretas donde podrá enviarse como tiempo límite para Personas físicas y Morales: 3 o 7 de Abril de 2015.
En cuanto a pólizas y auxiliares de cuenta sus fechas son a partir del 1 de junio como fecha límite a entregar: 3 o 7 de Septiembre de 2015.